Pensiones

Con efectos de 1 de enero de 2016 se incorporó al sistema de Seguridad Social un complemento de pensión para los supuestos de incapacidad permanente, jubilación o viudedad vinculado al número de hijos, naturales o adoptados. Complemento que va desde el 5 por 100 (dos hijos) al 15 por 100 (cuatro hij...

Full description

Bibliographic Details
Author: Gala Durán, Carolina|||0000-0002-0074-8321
Format: article
Publication Date:2020
Country:España
Institution:Universitat Autònoma de Barcelona
Repository:Dipòsit Digital de Documents de la UAB
Language:Spanish
OAI Identifier:oai:ddd.uab.cat:249943
Online Access:https://ddd.uab.cat/record/249943
Access Level:Open access
Keyword:Jubilación
Incapacidad permanente
Viudedad
Maternidad
Retirement
Permanent disability
Widowhood
Motherhood
Description
Summary:Con efectos de 1 de enero de 2016 se incorporó al sistema de Seguridad Social un complemento de pensión para los supuestos de incapacidad permanente, jubilación o viudedad vinculado al número de hijos, naturales o adoptados. Complemento que va desde el 5 por 100 (dos hijos) al 15 por 100 (cuatro hijos o más) y que la LGSS reconoce solo a las mujeres. Ahora bien, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (Asunto WA) ha declarado que dicho complemento es discriminatorio por razón de sexo, al no reconocerse a los hombres en la misma situación. El contenido de dicha sentencia es claro y debe ser trasladado a nuestro ordenamiento jurídico lo antes posible