La responsabilidad de los operadores económicos de alimentos frente al consumidor, por el incumplimiento de los deberes de información alimentaria

Los operadores económicos de alimentos responden de la seguridad alimentaria del consumidor. En este contexto, tienen obligación de informar a los consumidores y usuarios de las características de los alimentos. Esta obligación recae sobre los titulares del nombre o razón social con que se comercial...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Jerez Delgado, Carmen
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/681792
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/681792
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Información alimentaria
Etiquetado
Consumidor
Responsabilidad civil
Operador económico de alimentos
Derecho
Descripción
Sumario:Los operadores económicos de alimentos responden de la seguridad alimentaria del consumidor. En este contexto, tienen obligación de informar a los consumidores y usuarios de las características de los alimentos. Esta obligación recae sobre los titulares del nombre o razón social con que se comercializa el producto. La información, que ha de ser exacta clara y suficiente, puede aparecer de muy diversos modos (en el etiquetado, la oferta, el envase, o la publicidad), e integra el contenido del contrato. La responsabilidad de los operadores económicos de alimentos por el incumplimiento de esta obligación dará lugar a las correspondientes acciones reguladas en el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios