La responsabilidad de los operadores económicos de alimentos frente al consumidor, por el incumplimiento de los deberes de información alimentaria
Los operadores económicos de alimentos responden de la seguridad alimentaria del consumidor. En este contexto, tienen obligación de informar a los consumidores y usuarios de las características de los alimentos. Esta obligación recae sobre los titulares del nombre o razón social con que se comercial...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2017 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Autónoma de Madrid |
| Repositorio: | Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uam.es:10486/681792 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10486/681792 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Información alimentaria Etiquetado Consumidor Responsabilidad civil Operador económico de alimentos Derecho |
| Sumario: | Los operadores económicos de alimentos responden de la seguridad alimentaria del consumidor. En este contexto, tienen obligación de informar a los consumidores y usuarios de las características de los alimentos. Esta obligación recae sobre los titulares del nombre o razón social con que se comercializa el producto. La información, que ha de ser exacta clara y suficiente, puede aparecer de muy diversos modos (en el etiquetado, la oferta, el envase, o la publicidad), e integra el contenido del contrato. La responsabilidad de los operadores económicos de alimentos por el incumplimiento de esta obligación dará lugar a las correspondientes acciones reguladas en el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios |
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